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La liberación de las deudas de la persona física es posible mediante la Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015).
La liberación de las deudas de la persona física es posible mediante la Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015). En ella es prevé un mecanismo que permite obtener el perdón de las deudas, para cuyo pago no se disponga de patrimonio suficiente. Este procedimiento, que concede al deudor la posibilidad de empezar de nuevo consta de dos partes: la mediación concursal y el concurso consecutivo.
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